BERNARDINO RIVADAVIA
BERNARDINO RIVADAVIA
El 7 de Febrero de 1826 Bernardino Rivadavia es elegido Presidente de la República por el Congreso de las Provincias Unidas del Río de la Plata, reunido en Buenos Aires, por 35 votos contra 3. El 8 de Febrero,Rivadavia se hace cargo de la primera magistratura, y en su discurso enuncia un importante programa de gobierno. Constituye su gabinete nombrando ministros a Julián Segundo de Agüero, de Gobierno; Manuel José García, de Relaciones Exteriores; Carlos de Alvear de Guerra y Marina; Salvador María del Carril, de Hacienda. Sobre organización del Estado, anuncia el proyecto de federalización de Buenos Aires: “...dar a todos los pueblos una cabeza, un punto capital que regle a todos, y sobre el que todos se apoyen ... y al efecto es preciso que todo le forme la capital sea exclusivamente nacional”.
LA SITUACIÓN FINANCIERA: MENOS CERO
De mucho menos que cero es el punto de partida financiero del nuevo gobierno. Los ingresos de la Aduana están limitados y casi suprimidos a causa del estricto bloqueo brasileño; están a la vista los vencimientos del empréstito Baring y el presupuesto está destinado, casi en su totalidad, a los gastos militares. La primera preocupación de los rivadavianos llegados al gobierno es trazar un plan de rentas para solventar las necesidades.
El 13 de Febrero el Congreso Nacional trata el proyecto de consolidación de la deuda interna y de la hipoteca de la tierra fiscal de todo el país, prohibiendo su enajenación. El asunto es delicado, pues afecta a la existencia patrimonial de las provincias. El derecho de propiedad de éstas sobre las tierras públicas es defendido por Manuel Moreno, diputado federal por la Banda Oriental, que analiza la evolución de la tierra pública desde la época colonial, afirmando que la soberanía se subdividió en las provincias, y “fueron las facultades delegadas al Congreso por las provincias soberanas” las que dieron origen a la Nación. La tesis federal es vencida por 26 votos contra 5.
El 16 de Febrero de 1826 dicta la ley de consolidación de las deudas anteriores al 1º de Febrero de 1820, afectando la tierra y demás bienes inmuebles de propiedad pública al pago de éstas. (La expresión “demás bienes inmuebles” se refiere al subsuelo, que desde ese momento será administrado por el Presidente).
De las gestiones, actitudes y reticencias de Rivadavia y sus ministros surge con claridad que no han tenido mayor urgencia por apresurar la contratación de este empréstito en Londres. Rivadavia en esos momentos está muy ligado a la casa Hullet, rival de la Baring y conectada, en parte, con la alta banca francesa. Queda así planteada una lucha financiera, que será incesante, entre el gobierno nacional y los intereses de los particulares. Porque éstos - hacendados, comerciantes y capitalistas de la provincia de Buenos Aires - temen que el gobierno, al negarse a obtener fondos en el exterior, se vea forzado a crear contribuciones de guerra extraordinarias o nuevos impuestos regulares para afrontar los gastos de la administración y de la guerra con el Brasil.
EL REGIMEN DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA RURAL
Los comisionistas del empréstito concertado con los banqueros Baring de Londres, valiéndose de los “amplios poderes” que han recibido por ley, dan como garantía de dicho empréstito “todos los bienes, rentas, tierras y territorios” de Buenos Aires. La consolidación de la deuda, dispuesta por ley el 16 de Febrero de 1826, extiende a toda la Nación la garantía hipotecaria que grava la tierra de Buenos Aires. Es así que “queda especialmente afectada al pago de la deuda nacional la tierra y demás bienes inmuebles de propiedad pública cuya enajenación se prohíbe”. El 16 de Marzo de 1826 un decreto prohíbe también “en todo el territorio de la Nación, la enajenación por venta, donación o cualquier otra forma, de las tierras y demás bienes de propiedad pública”. Este tipo de hipoteca de la tierra pública era un procedimiento común en la época, en los países europeos y latinoamericanos.
La tierra ganada a los indios en Buenos Aires y la paz concertada con éstos por Rosas en el Guanaco, durante el gobierno de Las Heras, motivan muchas concesiones en enfiteusis a partir de 1825. En Dolores, Lobería, Volcán, Tandil, Pergamino y otros lugares se denuncian lotes que van de las 3 a las 40 leguas, concedidos a nombres entre los que figuran Sebastián de Lezica, Pedro Trápani, Pedro Echegaray, Ambrosio Cramer, Patricio Lynch, etc. Casi todas estas concesiones toman inmediatamente el carácter de latifundio porque sus beneficiarios no las explotan directamente: se limitan a subarrendarlas o a dejarlas improductivas, en espera de que pasen los 33 años que constituyen el plazo de amortización del empréstito.
Las concesiones de enfiteusis no se limitan a las tierras ganadas a los indios, Ciertos agrimensores localizan baldíos en zonas ya colonizadas y presentan solicitudes de enfiteusis en Luján, Cañuelas, Chascomús y hasta en San Isidro, Quilmes y Chacarita.
La fiebre de las concesiones lleva a algunos especuladores a denunciar más allá de la frontera. Facundo Quiroga, por intermedio de su apoderado Braulio Costa, denuncia 12 leguas al oeste de Bragado, y Tomás Manuel de Anchorena, con 15 leguas en Fuerte Independencia y 19 y media en Monsalve, solicita 68 leguas más, al sur de este punto.
El más importante de los concesionarios es la Sociedad Rural Argentina, entidad por acciones que nada tiene que ver con la que existe actualmente, creada en Julio de 1826 para explotar la enfiteusis y hacerse dar las mejores concesiones. Rivadavia, uno de sus más fuertes accionistas, no le escatima su apoyo. Sus agrimensores localizan 125 leguas repartidas en Lobería, Volcán, Tapalqué, 25 de Mayo y Saladillo, que el gobierno les concede de inmediato. Compran, además, los derechos de otros enfiteutas y, sin explotar establecimientos ganaderos, ya que su negocio consiste en subarrendar y esperar la valorización, llegan a formar “un pulpo agrario cuyos tentáculos se extendían a varios partidos de la provincia”.
Si las tierras ganadas a los indios están desiertas no ocurre lo mismo con las que están dentro de la primera línea de fortines. Son “baldíos” ocupados por criollos sin más títulos que una larga posesión, un rancho y algún rodeo de vacas, pero que no han gestionado su título. El 28 de Septiembre de 1825, el gobierno de Las Heras dispone que “quienes sin previo aviso se hallasen ocupando terrenos del Estado” gestionen dentro de los 6 meses su concesión en enfiteusis, bajo amenaza de desalojo. Ninguno lo hace: se creen legítimos dueños, no leen el Registro Oficial o carecen de la extensión mínima de una suerte de estancia para pedir la enfiteusis. En consecuencia, el 15 de Abril de 1826, ya Presidente de la República, Rivadavia dispone, que “en vista de no haberse ejecutado con todo rigor” el decreto del 28 de Septiembre pasado, “desalojar irremisiblemente” por la fuerza pública a los intrusos y entregar sus tierras “la quienes las habían solicitado en enfiteusis”.
Durante un mes y medio el Congreso debate un proyecto de ley del gobierno que extiende a todo el país el régimen enfitéutico, acerca del cuál Agüero subraya su finalidad fiscal. La ley de enfiteusis es sancionada por el Congreso Nacional el 18 de Mayo de 1826. Establece que las concesiones durarán veinte años; que serán tasadas cada diez años por un jury o comisión, compuesto por vecinos del partido y titulares de derecho; que el monto del arrendamiento anual será del 8 por ciento de la tasación en los campos de pastoreo y del 4 por ciento en los de agricultura. El pago del primer año se facilita permitiendo su abono en cuotas al solventarse la segunda y tercera anualidades. Para evitar el acaparamiento de tierras del Estado, el gobierno sostiene que el canon no debe disminuir por debajo de lo establecido en el proyecto, y trata de evitar “que los campos de propiedad pública vengan a ser patrimonio de unos pocos”.
La aplicación de la ley resulta un fracaso, aun desde el punto de vista exclusivamente fiscal. Las tasaciones de los vecinos son, naturalmente, bajas. Ni aun así los enfiteutas pagan la reducida cuota de su canon. En realidad nadie paga el alquiler de la tierra.
DELIRIO MINERO
24 de noviembre de 1823. Con la firma del Gobernador, Brigadier Martín Rodríguez, y del ministro secretario de Gobierno y Relaciones Exteriores, Bernardino Rivadavia, la provincia de Buenos Aires dicta un decreto referente a la introducción de capitales y hombres procedentes de Europa, para fomentar la minería. En sus considerandos expresa que así se contribuirá eficazmente a “remover los inconvenientes que retardan el arribo del país al destino que le está designado, proporcionando un más pronto aumento de población, de consumo y de productos, ventajas que multiplicarán los cambios y acelerarán la circulación de la riqueza”. Mediante este decreto “queda autorizarlo el Ministro Secretario de Gobierno y Relaciones Exteriores para promover la formación de una sociedad en Inglaterra, destinada a explotar las minas de oro y plata que existen en el territorio de las Provincias Unidas” (art. 1); también dispone que se pedirán a los gobiernos provinciales todos los informes de que puedan disponer, sobre minas existentes en sus respectivos territorios (art. 3). Los agentes que designa el gobierno para la formación de compañías de minas en Europa son Hullet Hermanos y Cía.
Las Heras, elegido gobernador en 1824, ofrece a Rivadavia continuar en el cargo de Ministro. Pero éste prefiere ir a Londres donde la empresa Hullet lo reclama para impulsar los proyectos sobre compañías mineras y de colonización. En cambio del ministerio que se le ofrece, Rivadavia pide a Las Heras su nombramiento como enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de las Provincias Unidas en Inglaterra y Francia. Lo consigue, y el 6 de Septiembre es recibido en Liverpool por John Hullet, que lo acompaña a Londres. Mientras espera las credenciales de su cargo, Rivadavia trata con Hullet algunos negocios. Forman la Río Plata Mining Association, con un capital de un millón de libras, para explotar “todas las minas de las Provincias Unidas del Río de la Plata”, y Rivadavia es designado presidente del directorio.
Aunque falta un detalle de suma importancia - la aprobación de los gobiernos de las provincias en jurisdicción de las cuales se hallan las minas -, entre el 4 y el 24 de Diciembre se lanzan las acciones en la Bolsa. En tanto, ya ha circulado profusamente, entre los inversionistas ingleses, un prospecto sobre las enormes riquezas del cerro Famatina, en La Rioja. Lo que allí se dice lo corrobora el Ministro plenipotenciario que es agasajado en banquetes y recepciones por el, mundo bursátil y bancario de la City y que, según dice el Times, “inspira confianza”.
Así, en la fecha de su lanzamiento, las acciones de la Mining se cotizan 25 puntos arriba de la par. Una locura colectiva parece atacar a los inversores londinenses; todos quieren hacerse ricos de la noche a la mañana. La conversión de la deuda inglesa ha dejado disponible mucho capital que se canaliza hacia los promisorios papeles sudamericanos que son literalmente arrebatados por el público.
El 19 de julio de 1825 llegan a Buenos Aires, fletados por Hullet, ingenieros de minas, obreros, mineros y maquinarias de laboreo. La casa Lezica recibe las máquinas en consignación y pide a Las Heras “recomendaciones” para. los gobernadores de Provincia, de manera que los mineros no hallen dificultades en sus destinos y que, “de acuerdo al artículo 39 del decreto del 24 de Noviembre de 1823, procure del Congreso la sanción de las bases de dicha sociedad y la modificación de los reglamentos de trabajo de minas, conforme a lo solicitado por los señores Hullet.”
Las Heras otorga las recomendaciones solicitadas, pero señala que “por la Ley Fundamental del 23 de Enero de 1825 sólo a los gobiernos de las provincias respectivas toca hacer aprobar o modificar los contratos y variar los reglamentos de minería”.
El jefe de los mineros – Capitán Francis Bond Head - se entera así que la empresa no es dueña de las concesiones por las cuales ha pagado en Londres 30.000 libras esterlinas, y que el gobierno nacional, ante el queRivadavia prometiera ejercer influencia, no tiene jurisdicción sobre las minas. Informa entonces a Hullet la extraña novedad y pide la presencia de Rivadavia en Buenos Aires para aclarar el “malentendido”. Entretanto, hace una recorrida de observación: en Córdoba no encuentra yacimientos mineros; los de Mendoza le parecen pobres y además están otorgados a la empresa del Famatina. En La Rioja, habla conFacundo Quiroga, representante local de la Casa de Moneda, que le parece poco dispuesto a acatar la influencia de Rivadavia; sólo en San Juan, el gobernador, Salvador María del Carril, dicta un decreto poniendo a disposición de la Mining las minas provinciales, que no parecen muy importantes. En ninguna parte - ni en el Famatina - encuentra la abundante riqueza prometida por los prospectos londinenses y, desilusionado, regresa a Buenos Aires a esperar a Rivadavia.
A Londres han llegado las desconcertantes informaciones del capitán Head, y Canning, en el parlamento, alude a “especulaciones poco serias en minas sudamericanas”. Las cartas de Head se tornan angustiosas, insisten en reclamar la presencia de Rivadavia, y lo mismo opinan los directores de la Mining y el propio Hullet.
Rivadavia se embarca y llega a Buenos Aires el 16 de Octubre. Su entrevista con Head no resulta agradable; el capitán “delira”, escribe Rivadavia a la casa Hullet, al creer que otra empresa puede seriamente disputar a la Mining la explotación del Famatina; acepta que las cosas se presentan confusas por la malhadada Ley Fundamental, dictada durante su ausencia, pero afirma que “interpondría su prestigio en favor del negocio”. Head, ante la dificultad de ver a Rivadavia por la gran cantidad de gente que hace antesalas en su casa y la rigurosa etiqueta que impera en las audiencias, le escribe varias cartas para saber de una buena vez “si la sociedad habría de obtener en las Provincias Unidas los privilegios y derechos que le habían sido garantizados”.
Rivadavia, a su vez, escribe a Hullet: explica sus problemas, señala los aspectos favorables y termina por asegurar que “.. en el transcurso de un corto plazo, con el establecimiento de un gobierno nacional, todo cuanto debe desearse se obtendrá...” y que ello ahora es “imposible por la posición en que ha sido colocado el Congreso” que hace que el mismo Rivadavia se vea “obligado a emplear la mayor circunspección para no comprometer inútilmente mi influencia y no debo decir más por el momento”. ”.
Los metales escasean en el mercado internacional y más aún en el Río de la Plata, y los rivadavianos, con la explotación minera, buscan crear una fuente de riqueza y un sistema monetario nacional autónomo. Tales objetivos chocan con la Casa de Moneda y Banco de Rescate de La Rioja. Las del Famatina, más ricas en plata que en oro, son las mejores y las únicas explotables en la Argentina, y permiten acuñar moneda de calidad. Las principales empresas que lo hacen - las casas de moneda de Baltasar Agüero y la de Facundo Quiroga - se unifican en Febrero de 1825, constituyendo una entidad: Directores y Accionistas de la Casa de Moneda y Mineral de Famatina, con 500.000 pesos plata de capital; deciden comprar maquinarias y contratar técnicos en Alemania, obteniendo del gobierno provincial el privilegio de fomentar la explotación del mineral y su amonedación. Así surge el Banco de Rescate y Casa de Moneda de La Rioja.
En tanto Rivadavia acaba de fundar en Londres otra compañía de 5.000.000 de pesos (1.000.000 de libras) para explotar, precisamente, el mineral del cerro de Famatina y, lo que es más grave, la casa Hullet ha transferido a esa sociedad una autorización proveniente del gobierno provincial de Buenos Aires que le permite “disponer de todas las minas de las Provincias Unidas”. Se suceden los reclamos de los apoderados de los intereses riojanos y una serie de maniobras con las cuales las partes tratan de lograr más favorables posiciones para negociaciones ulteriores. Así quedan también echadas las bases de otra compañía organizada en Londres por John Parish Robertson, con capital de 250.000 libras y cuyas acciones se comienzan a vender de inmediato.
En Febrero, Rivadavia es elegido presidente de la República. Contemporáneamente, el Congreso vota la ley de Consolidación de la deuda que declara de propiedad nacional las minas de todas las provincias. Inmediatamente, Rivadavia reglamenta la ley y escribe alborozado a Hullet: “las minas son ya, por ley, de propiedad nacional, y están exclusivamente bajo la administración del Presidente de la República”. Además, por ley del Banco Nacional se quita a La Rioja la facultad de acuñar metálico y se deja sin efecto la, concesión otorgada a la Casa de Moneda. Esta, por fin, como lo había previsto Agüero, vende al gobierno nacional sus derechos y acciones por 250.000 pesos, los que deben pagarse en dos años y medio. Pero este dinero nunca llega a La Rioja, y Quiroga, burlado, levanta la montonera riojana en defensa de su cerro.
Las noticias que llegan de Londres son desalentadoras. Desde Octubre de 1825 las acciones de las compañías sudamericanas bajan de modo alarmante, y cinco bancos que especulaban con ellas cierran sus puertas.Rivadavia y Hullet atribuyen la caída de los títulos de la Mining a los malos informes del capitán Head. Para defender a la sociedad. Hullet publica en un folleto las alentadoras - pero también, comprometedoras - cartas que le escribiera Rivadavia, en las que daba seguridades de que el Famatina sería de la Mining. El crack no se detiene; en Noviembre, la calda de los papeles sudamericanos arrastra a la Bolsa. Estalla el pánico y entre Diciembre de 1826 y Enero de 1827 cierran sus puertas 70 bancos; las empresas del Nuevo Mundo cesan los pagos y piden la quiebra. Entre ellas está la Mining. En Londres, Head informa a los síndicos y edita en 1827 los “Informes sobre la quiebra de la Río Plata Mining Association, constituida bajo la autorización otorgada por su Excelencia don Bernardino Rivadavia”
LA GUERRA CIVIL
El gobierno de Las Heras ha pedido, según lo establece la ley militar, que las provincias faciliten reclutas para remontar el ejército de Observación. Gregorio Aráoz de La Madrid, encargado de ir a buscar los contingentes de Catamarca y Tucumán, hallándose en esta última, el 26 de Noviembre de 1825, derroca al Gobernador federal Javier López y se hace elegir en su reemplazo.
Las Heras protesta “por este escáncialo, notable por el ejemplo funesto a las demás provincias ... al que da carácter singular y terrible el haberse trastornado el orden y usurpado la autoridad de una provincia por un jefe de la Nación en comisión de Gobierno”, y propone al Congreso “declarar anárquica y tumultuaria” la actitud de La Madrid y que se autorice al Ejecutivo a “remediar los males que resultan al honor y la seguridad nacional”. El Congreso acepta en principio, pero deja que el asunto duerma en comisión.
Juan Bautista Bustos, Gobernador de Córdoba, y Felipe Ibarra, de Santiago del Estero, retraen su ayuda al ejército, mientras Facundo Quiroga prepara sus montoneros para arrojar a La Madrid de Tucumán.Rivadavia asume la presidencia, forma el ejército nacional que actuará en el norte a las órdenes del general Alvarez de Arenales, apoyado por La Madrid y por Gutiérrez, Gobernador de Catamarca, y les envía 2.500 fusiles y 1.500 sables, restados al ejército republicano que lucha contra el Brasil, a la vez que ordena que sus giros se paguen contra la Tesorería Nacional.
Bustos, enterado de estos aprestos, escribe a Ibarra el 27 de Febrero de 1826: “Si antes sospechaba algo, ahora sospecho mucho más por la iniquidad y descaro de estos hombres sin vergüenza que quieren poner a las provincias peor yugo que el que antes tenían...” Y se desata la contraofensiva. El 30 de Mayo la Legislatura de Córdoba desconoce la ley presidencial, el 12 de Julio desconoce la ley de capital y el 19 de Agosto retira sus diputados del Congreso Nacional.
El 18 de Septiembre, bajo la voluntad de Quiroga, La Rioja imita la actitud cordobesa. A principios de Octubre, Bustos advierte que el convoy con armas para el ejército nacional atraviesa Tucumán y avisa a Quirogaque avanza sobre ésta. El 27 de Octubre de 1826 Quiroga derrota en El Tala a las fuerzas de La Madrid y, seguro de que éste ha muerto en el combate a, causa de las múltiples heridas recibidas, avanza sobre Catamarca, depone al Gobernador Gutiérrez, aliado de La Madrid, y marcha contra San Juan.
Arenales, entretanto, se prepara en Salta, contando con la ayuda de un cuerpo de llaneros venezolanos que llega desertado de Bolivia y que al mando del Coronel Domingo López Matute se alquila a quien les pague mejor y los deje en libertad de saquear y cometer atropellos. Arenales envía hacia Tucumán al Coronel Francisco Bedoya con 2.500 hombres. Bedoya repone a La Madrid - ya curado de sus heridas - en el gobierno de la provincia y prosigue su avance a Santiago del Estero. Ibarra, sin fuerzas para resistir, abandona la ciudad el 31 de Diciembre y se oculta en las inmediaciones. La población santiagueña se muestra hostil con los ocupantes, les corta el suministro de agua y no les proporciona alimentos. Imposibilitado de mantenerse en esas condiciones, Bedoya retrocede a Tucumán, y es acosado en todo el trayecto mientras cunde la deserción en la mayor parte de sus tropas.
En Salta, el Coronel Francisco Gorriti, primo del canónigo y unitario, se subleva en Enero de 1827 contra Arenales junto con los hermanos Puch. Los “colombianos“ de Matute (así llamados porque en Venezuela integraba la Gran Colombia) se pasan a Gorriti. Bedoya, llamado por Arenales, es batido en Chicana, donde pierde la vida, el 7 de Febrero.
Al día siguiente, Arenales huye a Bolivia. Los “colombianos” se pasan entonces a La Madrid que puede pagarles con onzas de oro llegadas de Buenos Aires. La Madrid consigue rehacer el ejército nacional que tratará de cercar a Santiago. Su marcha, junto con los “colombianos”, produce el vacío de las poblaciones aterradas por las depredaciones, y comienza a usarse el calificativo de “salvajes” para referirse a los unitarios. El 6 de Julio de 1827 Facundo cae sobre La Madrid y los “colombianos” en el Rincón de Valladares, donde extermina a estos últimos, que no dan ni piden cuartel. Sólo uno se rinde al joven comandante Angel Vicente Peñaloza. Es Matute, que luego consigue escapar a Salta, donde Gorriti ordena su fusilamiento.
CONSTITUCION DE 1826
El 4 de Abril de 1826, refiriéndose a la situación de las provincias, Rivadavia pide al Congreso “esa ley fundamental, que debe fijar su suerte de modo irrevocable, constituir y organizar la nación”.
Consultadas sobre la forma de gobierno, han respondido nueve provincias. San Juan, Córdoba, Santiago del Estero y Mendoza se pronuncian por la forma federal; Tucumán, La Rioja y Salta, por la forma unitaria; San Luis y Corrientes se declaran neutrales. Informado el Congreso, resuelve que esta consulta no lo obliga y que puede pronunciarse como lo crea conveniente, y que los diputados no representan a los gobiernos sino a los pueblos de las provincias. En un mes se toma la decisión: “... se redactará el proyecto de Constitución sobre la base de un gobierno representativo, republicano, consolidado en unión de régimen”.
El debate sobre la Constitución comienza el 11 de Septiembre, Dorrego, diputado por Santiago del Estero, se opone a la totalidad del proyecto que considera nulo porque en él se desconoce la voluntad general de las provincias. A partir de ese momento, Dorrego encabeza la oposición federal que deja de ser intuitiva e incorpora a esta doctrina elementos ideológicos en los aspectos políticos, sociales y económicos.
Esto aparece en el gran debate sobre el artículo 6º, inciso 6º, del proyecto que niega derecho de voto en las elecciones a los menores de veinte años, a los analfabetos, a los deudores fallidos, deudores del tesoro público, dementes, notoriamente vagos, criminales con pena corporal o infamante y, además, a los “domésticos a sueldo, jornaleros y soldados”. Se presume para ello que los domésticos y peones están bajo la influencia del patrón. Dorrego señala que están en la misma situación los empleados públicos y sin embargo se les permite votar. Señala también que ni aun los capitalistas son independientes porque dependen de los bancos, y que como está redactado el artículo votará apenas una pequeñísima porción del país que tal vez no exceda de la vigésima parte. La votación siguiente da el triunfo a los unitarios y se aprueba el artículo impugnado por los federales. Lo mismo ocurre con el artículo 7º que establece “la forma republicana, representativa, consolidada en unidad de régimen” y ante la cual Dorrego hace una amplia exposición del federalismo doctrinario.
En 30 días se aprueban siete artículos. El lo de octubre se llega al artículo 22º. Los restantes –169 - insumen el mismo lapso de los veintidós primeros, y el debate concluye el 24 de Noviembre. Es que, vencidos en la votación de los artículos fundamentales, los federales han dejado de concurrir a las sesiones.
Del 10º al 21º están dedicados a la organización de la Cámara popular, y del 22º al 30º se refieren al Senado, muchas de cuyas cláusulas están reproducidas en la Constitución de 1853. Los artículos del 31º al 68º son dedicados al régimen de funcionamiento de ambas Cámaras y a las atribuciones del Congreso como Poder Legislativo. El Poder Ejecutivo se organiza entre los artículos 69º y 111º: habrá un Presidente en la República Argentina, cuyo mandato durará cinco años, designado en elección de segundo grado. El supremo Poder Judicial lo ejercerá una Alta Corte de Justicia con nueve jueces y dos fiscales, nombrados por el presidente de la Nación con “consentimiento del Senado”.
Cada provincia tendrá un gobernador “bajo la inmediata dependencia del Presidente de la República” que lo elegirá dentro de una terna votada por los Consejos de Administración Provinciales. Los miembros de éstos - más de siete y menos de quince - serán elegidos como los representantes nacionales, no tendrán autonomía y su presupuesto deberá ser aprobado por el Congreso Nacional. Los últimos artículos establecen “el examen libre y aceptación de la Capital y las Provincias por el órgano de sus Juntas.,.”. Aceptada la ley por dos terceras partes “será suficiente para que se ponga en práctica entre ellas, conservando relaciones de buena inteligencia con las que retarden su consentimiento”.
LAS PEREGRINACIONES DE LA CONSTITUCION
Apenas aprobada la Constitución, en el mes de diciembre de 1826 se nombran comisionados para convencer a los gobernadores y juntas provinciales. Menos Tucumán, Catamarca y Salta, las provincias están en manos federales. Y es a éstas a donde se dirigen los comisionados.
Vélez Sársfield parte en busca de Facundo Quiroga, que a pesar de sus ideas unitarias hace causa común con los federales; Facundo recibe la Constitución en San Juan, por intermedio de Cecilio Bardeja. La devuelve sin abrir el pliego el 22 de Enero de 1827, con esta anotación: “Regrese Cecilio Bardeja a la ciudad de Mendoza conduciendo el pliego en razón de que el que habla no se halla en, el caso de ver comunicaciones de individuos que dependen de una autoridad que tiene dadas órdenes para que le hagan la guerra...” y que termina con una amenaza de contestar con obras.
Santa Fe ha desconocido las leyes centralizadoras y retirado sus diputados. El 23 de Enero, su Junta comunica a Mariano Andrade “la inadmisibilidad del código del 24 de Diciembre por estar fundado en la forma de unidad que es contraria al voto de esta provincia...".
En Entre Ríos, el Congreso provincial ha desconocido
al Congreso Nacional y niega al deán Zavaleta - que aguarda en Santa Fe - el solicitado pasaporte de comisionado; por curiosidad se le pide un ejemplar de la, Constitución. Zavaleta lo remite y, cansado de esperar, regresa a Buenos Aires cuando el Congreso entrerriano, el 3 de Marzo, rechaza la Constitución “que contraría los sentimientos de los habitantes de la Provincia”.
Gorriti entabla largas discusiones con la Legislatura de Córdoba. Recuerda ésta que ha desconocido al Congreso Nacional, le devuelve la Constitución y lo conmina a salir de la provincia en 48 horas.
La Rioja ya ha roto con el Congreso. Aduce que la guerra dificulta la reunión de su Junta, y el comisionado Castellanos vuelve a Buenos Aires mientras la provincia rechaza la Constitución.
Manuel de Tezanos Pinto es recibido en Santiago del Estero sin ninguna ceremonia por Ibarra, que le muestra los recibos de la Tesorería Nacional tomados a La Madrid que prueban que el Poder Ejecutivo hace la guerra a las provincias disidentes. Devuelve el ejemplar de la Constitución y da al comisionado un plazo de 24 horas para que salga de la provincia.
San Luis rechaza la Constitución el 26 de Marzo de 1827 y San Juan hace lo mismo el 5 de Abril. Todas las provincias - incluso Salta - manifiestan el deseo de seguir la guerra con el Brasil “sin el Congreso ni el presidente”. La única provincia que acepta la Constitución es la Oriental, por obvias razones tácticas. Misiones, que carece de autoridades, no se pronuncia.
LA GUERRA CON EL BRASIL
El 16 de Septiembre de 1826 llega a Buenos Aires Lord John Ponsonby, nombrado por Canning Ministro plenipotenciario en las Provincias Unidas. Viene a cumplir su misión de mediador después de pasar por Río, donde no ha podido hacer entrar en razón a Don Pedro; éste no acepta la entrega de la Banda Oriental ni su erección como Estado independiente y sólo concede establecer a Montevideo como puerto libre en el Plata.
Con prisa, Ponsonby notifica de inmediato a Rivadavia que Gran Bretaña, propone concluir la guerra con la independencia de la Provincia Oriental y la libre navegación de los ríos interiores. El 2 de Octubre informa a Canning que Rivadavia ha acogido sus palabras “en la forma más razonable..” Se acuerda, en consecuencia, que un comisionado vaya a Río de Janeiro para acabar con la guerra, que en esos momentos se limita a acciones de Brown para burlar el bloqueo. Tratando de salvar ante el Congreso el prestigio de Rivadavia, se estipula que éste “no pondría nacía por escrito”, daría sólo recomendaciones que a nada obligan y que el comisionado tendría amplias facultades para hacerlo todo. El hombre apropiado, según lord Ponsonby, es García, “cuya coincidencia con todas mis opiniones... lo indican como particularmente apropiado para ser utilizado”.
García no parte a Río, El “stalemate” (tablas en ajedrez), como lo llama Ponsonby, no es aceptado por Don Pedro, que ha jugado la carta de una guerra impopular y no puede retroceder sin peligro para su corona. Tampoco en Buenos Aires hay acuerdo pleno para la paz. La mayoría del Congreso, dice Ponsonby, cree que Inglaterra, por sus propios intereses, más tarde o más temprano ayudará a la República. Agrega que a esa mayoría se opone Rivadavia “inspirado en alto grado por motivos puramente personales”.
Hay negociaciones entre Gran Bretaña y el Brasil y se firma un tratado sobre tráfico de esclavos, estudiándose también la forma de modificar el tratado de comercio. Entonces Canning ordena a Ponsonby abandonar el asunto de la paz para “más adelante, cuando los acontecimientos de la guerra hayan enfermado y agotado a ambas partes”.
El Mariscal Felisberto Caldeira Brant, Marqués de Barbacena, es nuevo Comandante General brasileño. Su plan es reunir 15.000 hombres en Santa Ana, aplastar a los 8.000 de Alvear, ocupar Entre Ríos y desde allí imponer la paz. El 23 de Noviembre de 1826, Barbacena llega a Porto Alegre con parte de los mercenarios alemanes contratados en Europa por el Imperio.
Brown ha esperado en vano los grandes buques comprados en Chile. Llega sólo uno y el resto se hunde en el Cabo de Hornos. Logra, sin embargo, burlar el bloqueo con la Sarandí y la Chacabuco, que consigue poner frente a Río de Janeiro.
Alvear, al saber los planes imperiales, emprende, ofensiva y Barbacena se repliega para alejarlo de sus bases. Las avanzadas traban combate. Lavalle vence a Bentos Manuel en Bacacay (13 de Febrero de 1827), y Mansilla triunfa en Ombú el 16. El 20, en Ituzaingó, se logra el triunfo completo.
Al mismo tiempo, en el río se produce otra victoria argentina de importancia: el Comandante Sena Pereyra, internado en el río Uruguay, es encerrado por Brown que lo derrota en Juncal, le toma diez buques y echa a pique el resto. Atacado en Quilmes por otra escuadra brasileña, Brown consigue producirle algunas bajas.
La victoria favorece a las armas Republicanas en todos los frentes. Pero el partido gobernante en las Provincias Unidas necesita la paz imprescindiblemente. Es derrotado en la guerra civil con el triunfo de Quiroga sobre La Madrid en Rincón de Valladares; su Constitución ha fracasado en forma absoluta y las provincias, en forma unánime, se han pronunciado desconociendo al presidente y al Congreso. Se necesita la presencia del ejército para imponer la “organización a palos”, tal como Agüero lo proclamara en el debate de la ley de capital.
Ponsonby insiste ante Rivadavia para que envíe a García a Río de Janeiro a iniciar las gestiones de paz. Sale por fin el Ministro y en las amplias instrucciones que lleva se le recomienda conseguir esa paz mediante la devolución de la Provincia Oriental y, si ello no fuera posible, con la independencia de ésta.
El 24 de Mayo, García firma con los representantes brasileños un deshonroso tratado preliminar por el que la República Argentina renuncia a todo derecho sobre la Cisplatina; la isla de Martín García quedaría neutralizada, se indemnizaría al Brasil por la guerra de corsarios y se pedirla a Inglaterra “la garantía de la libre navegación del Plata” por el término de 15 años.
García está de regreso en Buenos Aires el 20 de Junio. Ponsonby, previendo consecuencias funestas ante el tratado firmado, llama a la fragata inglesa Forte para defender al gobierno contra una reacción nativa. “Siempre temí que se produjera una penosa crisis en el momento de decidirse la paz o la guerra - escribe Ponsonby a Londres el 15 de Julio de 1827 - y supe a la llegada del señor García que fuerzas considerables habían sido movilizadas en las provincias y estaban prontas a marchar a la ciudad con el fin de derrocar al Presidente, señor Rivadavia”.
El 22 de Junio estalla la indignación en Buenos Aires; hay tumultos en las calles y gritos contra el Presidente y el Congreso. El 23 aparecen carteles acusando de lo ocurrido exclusivamente al comisionado y a los ingleses. “¡García nos ha traicionado! Los ingleses tienen su parte en el despojo. Si no abrimos los ojos tendremos los tiempos de Beresford otra vez." Así traduce los carteles Ponsonby en su informe a Canning el 15 de Julio.
Ponsonby concurre al Fuerte para hablar con Rivadavia, pero éste no lo recibe. El Ministro inglés se entera entonces, por boca del jefe de la imprenta oficial, que es en ésta donde se han hecho aquellos carteles. Y el general Cruz le dice que el gobierno “ha decidido denunciar el tratado”. Está claro que Rivadavia, en un intento desesperado de ganar popularidad, está dispuesto a todo, aun a echarse encima todo el poderío de la diplomacia británica. Ponsonby así lo informa a Canning: “Estando en su última boqueada política, pero no muerto, vio en el tratado de García una última esperanza de salvarse apelando a las pasiones patrióticas y presentándose él mismo como su salvador”.
Confirmando esa línea, el 24 de Julio Rivadavia dirige un mensaje al Congreso expresando que García “no sólo habría traspasado sus instrucciones sino contravenido a la letra y espíritu de ellas” firmando un tratado que “destruye el honor nacional y ataca la independencia y todos los intereses esenciales de la República”. Por lo tanto, el presidente no puede aceptar esta convención y “ha acordado y resuelve repelerla, como de hecho queda repelida”.
El 23 de Abril, El Tribuno, de Dorrego, ha comenzado la publicación de los Reports del Capitán Head sobre el asunto de las minas de Famatina. El 26 transcribe las cartas de Rivadavia a Hullet, en las que se demuestra a las claras el objeto de la ley presidencial y de la mayor parte de las medidas centralizadoras.
El escándalo es tremendo y ya nada puede detenerlo. Presionado por las circunstancias, Rivadavia se ve obligado a renunciar y así lo hace' el 27 de Junio de 1827. El texto de la renuncia dice, entre otras cosas: “Me es penoso no poder expresar a la faz del mundo los motivos que justifican mi irrevocable resolución... He sostenido hasta el último punto la honra y dignidad de la Nación... Dificultades de nuevo orden que no me fue dado prever han venido a convencerme de que mis servicios no pueden en los sucesivo serle de utilidad alguna... Quizá hoy no se hará justicia a la nobleza y sinceridad de mis sentimientos, más yo cuento que al menos me la hará algún día la posteridad, me la hará la historia”
El Congreso, por 48 votos contra 2, acepta la renuncia de Rivadavia, el 30 de Junio.
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